Mujer y Madre es una asociación carente de ánimo de lucro y aconfesional que desarrolla su labor gracias al trabajo desinteresado de muchas personas.

Por tal motivo, mantenemos una política de puertas abiertas para que, tanto personas físicas como instituciones de una u otra índole, puedan colaborar con nosotros.

¿Cómo se puede colaborar? De muchas maneras, algunas de las cuales te sugerimos a continuación:

Particulares

  • Haciéndote socio/a y pagando una cuota mensual. Para ello, simplemente tienes que cumplimentar y enviar el formulario que podrás encontrar aquí.
  • Haciendo un donativo. Ingrésalo en la cuenta corriente abierta a nombre de la Asociación cuyo número es el siguiente: 2100 2249 76 0200236054.
  • Poniendo una hucha en tu centro de trabajo. Nos la solicitas mediante un e-mail, te la entregamos y cuando esté llena nos la devuelves.
  • Colaborando como voluntario en España. Ponte en contacto con nosotros a través del correo electrónico y explícanos qué podrías aportarnos y cuál sería tu disponibilidad.
  • Trabajando como cooperante sobre el terreno. Si tienes una formación específica relacionada con nuestros objetivos, envíanos tu curriculum vitae con el fin de que podamos asignarte a un proyecto específico.

Empresas

  • Haciendo una donación económica.Puede tener un carácter general o bien asignarse directamente para financiar total o parcialmente un programa concreto.
  • Donando de bienes o servicios.Principalmente necesitamos material sanitario pero estamos abiertos a cualquier tipo de sugerencia.
  • Contratando un espacio publicitario en nuestra web.

Dado que Mujer y Madre está declarada como asociación de utilidad pública por el Ministerio del Interior, las aportaciones realizadas a la entidad podrán beneficiarse de las deducciones fiscales que vienen recogidas en la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Esto significa que los donantes privados (incluyendo a los socios) podrán desgravarse el 25% de las aportaciones realizadas a la Asociación en la declaración del I.R.P.F. Así mismo, el 35% de los donativos realizados por personas jurídicas (empresas) también podrán ser desgravados a la hora de formalizar el impuesto de sociedades.